Denuncia al 9933989844… 🚩⚠️ ¡Violación sistemática de derechos laborales a ingenieros de Seguridad Industrial Pemex!; desde finales de 2018, bajo la administración de Carlos Rangel Hernández, entonces subdirector de Perforación y Mantenimiento a Pozos (SPMP ahora SPTMP) y Miguel Ángel Miranda Mendoza, subdirector de Seguridad, Salud en el Trabajo y Protección Ambiental (SSSTPA), se conformó un grupo de ingenieros especialistas en Seguridad Industrial, profesionales provenientes del sector privado quienes fueron integrados como ingenieros de la Función de SSTPA en los equipos de perforación terrestre y marina de las regiones Sur, Norte y Marina; su contratación no fue directa, sino mediante intermediarios como Mexoil, Vallen Proveedora (ahora Marine Services) y diversos outsourcings, con la promesa no cumplida de obtener una ficha laboral o contrato por obra determinada con @Pemex ; a pesar de estar contratados como externos de forma irregular se les asignaron funciones de alto riesgo y responsabilidad exclusivas del personal de @Pemex , como firmar bitácoras, inspeccionar componentes críticos, asesorías en seguridad industrial, auditorías efectivas y notas informativas, portar uniforme oficial y ocupar recursos habitacionales, todas las órdenes de su actuar en campo son emitidas por parte de la Gerencia de SSTPA, Coordinación y Enlaces de SSPA en cada Unidad Operativa, no del Instituto Mexicano del Petróleo (IMP) de Elizabeth Mar Juárez, por lo que su relación laboral es con @Pemex aunque “administrativamente” es el IMP su pagador como otros más en el pasado; estas prácticas violan de manera directa los principios establecidos por @Pemex y los lineamientos de contratación del Gobierno Federal…
El grupo de ingenieros ha sido utilizado para cubrir vacíos operativos, se les proporcionó ropa de @Pemex para evitar cobros sindicales de acceso y simular autoridad ante el personal interno, sin recibir respaldo legal, laboral o institucional, lo que redundó en una dirección sin experiencia ni conocimiento técnico; la Gerencia de Seguridad Industrial y Protección Ambiental (GSSTPA), en manos de Andrés Carvajal Solano, ha estado marcada por su falta de experiencia operativa en perforación; proveniente de un activo productivo y sin formación en seguridad industrial, ha demostrado incapacidad técnica y se ha limitado a intimidar y reprimir al personal de ingenieros de la SSTPA en lugar de brindar apoyo, todo esto con la anuencia del subdirector de SSTPA, Miguel Ángel Miranda Mendoza, quien es ingeniero en informática y con una maestría en administración de tecnologías de la comunicación, perfil nada compatible con la alta responsabilidad a su cargo por lo que es evidente la falta de experiencia en campo ni conocimiento sobre riesgos operativos, quien permanece en el cargo gracias a sus asesores; como botón de muestra, durante la administración del Agrónomo en @Pemex se firmó un contrato millonario con el IMP bajo la Orden de Servicio 6470608020-L120/103-IMP-F63482 SERVICIO/2023/2024 con un monto máximo de 1,236,480,000 pesos para la identificación, evaluación y administración de riesgos en instalaciones de @Pemex Exploración y Producción (PEP ahora DEE); pese al presupuesto, el IMP contrató ingenieros sin experiencia y seleccionados por afinidad personal con el actual titular de la GSSTPA, Andrés Carvajal; además, el personal de @Pemex ha utilizado indebidamente vehículos y recursos asignados al proyecto para fines personales, con vales de gasolina y sin control institucional, estas unidades nunca fueron proporcionadas al personal operativo del IMP solo al personal de @Pemex lo que claramente es uso de recursos dispuestos para IMP no para @Pemex…
Violaciones documentadas al marco legal ya que en el Diario Oficial de la Federación (22/02/2024) establece en el Acuerdo por el que se establecen las Disposiciones Generales en Materia de Recursos Humanos que los contratos por honorarios no deben implicar relación laboral, subordinación ni uso de recursos institucionales; sin embargo, en este caso se han documentado violaciones sistemáticas a los Artículos: Artículo 49: Prohíbe que los contratos por honorarios simulen relaciones laborales, incluyendo la exigencia de asistencia, horarios, órdenes, uso de recursos institucionales, o subordinación jerárquica; Artículo 47 y 48: Establecen que estos contratos deben financiarse con recursos del Capítulo 1000 y limitarse a servicios no subordinados; Artículo 50 y 51: Señalan la obligación de reducir estos contratos al mínimo y evitar compromisos de recontratación; por lo que afectados señalan que 1.- Se exige presencia física, registro de asistencia, uso de uniformes @Pemex y cumplimiento de instrucciones jerárquicas; 2.- Se les asignan funciones operativas y responsabilidades propias del personal de planta; 3.- Se les niega acceso a viáticos, vacaciones, seguridad social y estabilidad laboral; 4.- Se les despide sin justificación ni liquidación formal ante cualquier reporte de incidente o accidente en los equipos de perforación, cuando la responsabilidad es del operativo de @Pemex , pero se ha estado haciendo todo lo posible por plasmar en los cánones de @Pemex que el único responsable de todo incidente o accidente es el asesor contratado por el IMP; 5.- No se respeta un proceso ético ni técnico de selección, prevalece el favoritismo; 6.- No se brinda copia de contrato ni certeza jurídica al personal, que es obligado a firmar convenios cada tres meses; 7.- Deben asumir responsabilidad fiscal ante el SAT como si fueran servidores públicos, sin los beneficios que conlleva dicha figura; 8.- No se les brinda carta de recomendación por @Pemex o por el IMP, dificultando la posibilidad de justificar y comprobar la antigüedad en el puesto al buscar una nueva oportunidad de trabajo; asimismo, también se vulneran derechos establecidos en la Ley Federal del Trabajo, entre ellos: Artículo 21: Define una relación laboral como aquella donde se da subordinación y remuneración, sin importar el tipo de contrato y Artículo 123 Constitucional, Apartado A: Establece el derecho de los trabajadores a un salario digno, jornada laboral justa, vacaciones, seguridad social y estabilidad en el empleo, por último Ley General de Responsabilidades Administrativas: Prohíbe actos de simulación y omisión que afecten el interés público o vulneren derechos humanos; por todo esto concluyen que estos hechos configuran una red de simulación contractual en pocas palabras un outsourcing “desterrado por la 4T”, abuso de poder, favoritismo y precarización laboral dentro de @Pemex e IMP, con consecuencias directas en la seguridad de las operaciones y en la integridad de los profesionales encargados de mitigarlas; a pesar de que estos ingenieros han trabajado de forma ininterrumpida desde 2018, no existe intención alguna de regularizar su situación ni reconocer su aporte en uno de los entornos operativos más peligrosos del mundo: la perforación petrolera; por lo que piden que estas irregularidades sean investigadas por la Secretaría de la Función Pública (SFP), la Auditoría Superior de la Federación (ASF) y, de ser el caso, la Fiscalía General de la República (FGR); atención @Claudiashein @MarcelaVilleg15 @SENER_mx @FGRmexico @LuzElena_GE @ASF_Mexico @PabloGomez1968 @SCJN @STPS_mx @Tu_IMSS @SEMARNAT_mx @agencia_asea @CENAGAS_mx @IMPetroleo @SATMX @Hacienda_Mexico @BuenGobierno_mx #RaquelBuenrostro #OIC #UIF….Zas!!!